lunes, 5 de septiembre de 2011

CAPÍTULO IV - INGRESO Y PERIODO DE PRUEBA

ARTÍCULO 9.- ADMISIÓN Y CONTRATACIÓN
ARTÍCULO 10.- PERIODO DE PRUEBA
ARTÍCULO 11.- CONTRATACIÓN DE MINUSVÁLIDOS
 
ARTÍCULO 9.- ADMISIÓN Y CONTRATACIÓN. 
1.- Corresponde a la Dirección de la Empresa, con carácter exclusivo, la admisión e ingreso del personal a través de la contratación externa, de acuerdo con las disposiciones legales sobre empleo.
 
Corresponde a la Dirección de Recursos Humanos el establecimiento de las condiciones y pruebas que hayan de exigirse al personal de nuevo ingreso en cada caso.
 
2.- A tal efecto, la Dirección de la Empresa utilizará cualquiera de las modalidades de contratación establecidas en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales sobre la materia, si bien el Comité de Empresa será informado previamente de la política de contratación desarrollada por ATLAS.
 

ARTÍCULO 10.- PERIODO DE PRUEBA
1.- Para las personas que ingresen en la Empresa, el período de prueba será de 6 meses para los técnicos titulados y de 3 meses para los demás trabajadores, excepto para el personal no cualificado que será por un período de 15 días.

Las situaciones de incapacidad temporal interrumpirán siempre el cómputo del período de prueba.

2.- Será exigencia común a todo el personal antes de incorporarse a ATLAS, en calidad de fijo, eventual o temporal, la de someterse y superar un examen médico adecuado al trabajo a realizar.
 

ARTÍCULO 11.- CONTRATACIÓN DE MINUSVÁLIDOS

ATLAS reservará preferentemente para los minusválidos todos aquellos puestos de trabajo que, por su contenido funcional, sean susceptibles de desempeñar por aquellos, y en todo caso el 2% de la totalidad de los puestos de trabajo.

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